Luanda – Cuestiones vinculadas con los procedimientos cautelares, una de las innovaciones de la propuesta del Código del Proceso de Trabajo, dominaron, este jueves, el debate en las comisiones de especialidad del parlamento.
El proponente entendió introducir esta figura, que no está prevista en la legislación laboral en vigor, por ser frecuentemente levantada en las salas de trabajo, principalmente del Tribunal Provincial de Luanda.
En este contexto, los parlamentarios, que acogieron esta iniciativa, introdujeron algunas alteraciones de forma a enriquecer el contenido de la norma sobre el procedimiento cautelar relativo a la impugnación de despidos de los trabajadores.
También analizaron la oposición a otras medidas disciplinarias, las deliberaciones de huelga y el proceso de protección de la seguridad, higiene y salud en el trabajo.
Según la propuesta, el juez puede ordenar la suspensión inmediata de las actividades de la empresa requerida cuando, desde la solicitud inicial, existan indicios suficientes de peligro inminente y grave para la seguridad, higiene y salud en el trabajo.
El texto prevé, en cuanto a la negativa a realizar el trabajo, tras la interposición de la demanda, que si subsiste el riesgo, los interesados podrán negarse a realizar su actividad.
En estos casos, la empresa exige que se prohíba la aplicación de cualquier medida sancionadora a los trabajadores, bajo pena de multa y suspensión de la licencia.
Sobre este tema, la secretaria de Estado de Justicia, Ana Celeste, aclaró que a la solicitud inicial se acompaña de cualquier prueba que demuestre la peligrosidad.
A partir de ahí, prosiguió el secretario de Estado, el juez puede suspender las actividades de la empresa solicitada u ordenar su cierre provisional, cuando el examen determine peligro inminente y grave para la seguridad, higiene y salud en el trabajo.