Luanda - Diputados a la Asamblea Nacional (AN) defendieron, este martes, que el administrador de recuperación o de insolvencia debe ser designado por una autoridad competente, en lugar de ser seleccionado por concurso público.
Esta posición quedó expresada en la discusión, en concreto, del proyecto de Ley del Estatuto del Administrador Concursal o de Insolvencia, justificando que su nombramiento pretende, en primera instancia, tener en cuenta el principio de idoneidad del candidato.
En este contexto, refieren que el administrador de recuperación o concursal debe gozar de buena reputación y tener una formación académica adecuada, para poder responder plenamente al cargo.
El proyecto de Estatuto destaca que, como auxiliar del juez, el administrador de recuperación o concursal conduce, asegura y supervisa aspectos fundamentales de los procesos, en lo que se refiere a la formulación y presentación de cualquier plan de recuperación o gestión de la masa concursada, debiendo actuar como un administrador juicioso.
Según el proyecto, se considera como indicadores de falta de idoneidad, para el ejercicio de la función, haber sido condenado, en el país o en el extranjero, por sentencia ejecutoriada.
Se trata de una condena por los delitos de hurto, robo, estafa, extorsión, abuso de confianza, receptación, falsificación, favorecimiento de acreedores, usura, cohecho, corrupción, blanqueo de capitales, tráfico de influencias y malversación.
También son indicadores de falta de idoneidad para ser autor de una gestión lesiva, como administrador de una empresa pública o privada, así como haber sido declarado, en los últimos cinco años, responsable de la insolvencia de la empresa, con sentencia transitada en juicio.
El diploma, en discusión en la especialidad, establece que el administrador de recuperación o concursal puede suspender su certificación o registro, en un plazo renovable de dos años, siempre que sea con 30 días de anticipación.
El proyecto de ley, que consta de 53 artículos, divididos en nueve capítulos, es una iniciativa legislativa del Ejecutivo y otorgará nuevas facultades al Consejo Superior de la Judicatura, además de promover la mejora efectiva en la gestión de las empresas, en proceso de recobro judicial o insolvencia.