Luanda - El proyecto de Ley General del Trabajo fue aprobado hoy, lunes, por las comisiones de diputados 1ª, 5ª y 10ª, con 28 votos a favor, 13 abstenciones y ninguno en contra.
El documento refuerza la armonía en las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores y tiene como objetivo fundamental retomar un conjunto de normas que fueron derogadas con la Ley Nº 2/2000, de 11 de febrero, con el fin de crear un mayor equilibrio en la defensa de los intereses de trabajadores y empleadores.
Reintroduce como regla general el contrato de trabajo por tiempo indefinido, y asume, inequívocamente, el contrato de trabajo como única forma de constitución de las relaciones jurídicas y laborales.
Con la consagración del catálogo de protección de los derechos de la personalidad, los trabajadores quedan más protegidos, en los términos de los artículos 20 a 27 de la propuesta.
El diploma redefine los contratos especiales de trabajo, con foco en el teletrabajo y los contratos laborales deportivos, además de introducir una mayor flexibilidad en la organización y duración del trabajo, con énfasis en la jornada laboral de los trabajadores estudiantes y trabajadores con responsabilidades familiares (licencia de paternidad).
La propuesta de ley también asume la función de entidad gestora de la protección social, garantizando el pago de las prestaciones por enfermedad o accidente a los trabajadores que se encuentren en régimen de incapacidad.
También aclara las causas de la ilegalidad de los despidos y las respectivas consecuencias, así como la reconfiguración del criterio para determinar la indemnización.
Con la modificación del apartado dedicado especialmente a la mujer trabajadora, se consagra la igualdad de género y la no discriminación, con la introducción del permiso complementario de maternidad y la protección social frente al despido por causas objetivas.
También cabe destacar la introducción de los derechos de la personalidad en la propuesta, en especial la libertad de expresión y opinión, la integridad física y moral, la intimidad de la intimidad y la protección de datos de carácter personal.
Debates acalorados
En declaraciones a la prensa, el secretario de Estado de Trabajo y Seguridad Social, Pedro Filipe, reconoció que fruto de los debates que se desarrollaron a lo largo de 10 días, la propuesta presentada por el Ejecutivo cambia sustancialmente y se enriquece, y de acuerdo con los intereses de los trabajadores y de los patrones.
Uno de los temas más debatidos tiene que ver con los cobros salariales en caso de invalidez del trabajador, y, según el Secretario de Estado, aclaró que serán tramitados por el Instituto de Seguridad Social (INSS).
No obstante, explicó, en los casos de incapacidad temporal, previstos en el artículo 227, el INSS debe generar el fondo y ser el responsable de seguir tramitando la remuneración, por tratarse de un caso de suspensión de la relación laboral legal.
Mientras que para el régimen de incapacidad permanente que, en los términos del reglamento que se apruebe, también será asumido por el INSS, si el trabajador reúne los requisitos establecidos y si se acredita, mediante documentos sanitarios y el Consejo Médico, que el trabajador tiene una incapacidad permanente para realizar el trabajo.
Aprovechó para recordar que la empresa quiere, cuánto tiene que tener el trabajador, en este caso, sus aportes al día, de lo contrario no podrá reclamar beneficios.
“Habrá la aprobación de un reglamento específico para que se aclaren estos temas y no haya riesgo de beneficiar a quienes no tienen derecho”, dijo.
En cuanto a la licencia parental, dijo que fue una que sufrió cambios profundos, pues la propuesta inicial contemplaba una exención de 15 días, sin embargo, producto de los debates, los padres siguen teniendo una licencia paga de 24 horas (un día) y cuando lo deseen podrán disfrutar de siete días hábiles más, pero no retribuidos y podrán disponer de otros 11 días adicionales, también sin salario.
A juicio del secretario, el contrato indefinido fue uno de los debates más divisorios y uno de los cambios más mediáticos, se centró la atención en los artículos 14, 15 y 16.
Básicamente, se devolvió el formato del contrato de trabajo por tiempo indefinido, y es importante mencionar que el contrato por tiempo determinado no dejará de existir, y sólo debe aceptarse bajo ciertas condiciones, tanto de tiempo como de naturaleza del trabajo en sí actividad.
Se supone, dijo, el contrato por tiempo indefinido como regla, pero en los artículos 15 y 16 hay una serie de excepciones a esta regla, por lo que no debe haber dudas al respecto.
Con 326 artículos y 11 capítulos, la propuesta de Ley General del Trabajo deroga la del 15/7 del 15 de junio, pasa a la votación final en la sesión plenaria del 25 de este mes.