Luena – La Corte Provincial de Moxico condenó, este jueves, a 25 miembros del movimiento “Lunda Tchokwe” a penas de prisión de entre 10 y 15 años, por el delito de alta traición a la patria, por un presunto intento de proclamar la Independencia de la Región Este del país.
Se trata de ciudadanos acusados por el Ministerio Público (MP) de cometer delitos de alta traición a la patria, resistencia a las autoridades y daño al patrimonio público, en el proceso que se conoció como el “Caso Malaquito”, en referencia al fundador del Protectorado “Lunda Tchokwe”, Jota Filipe Malakito, supuestamente residente en Portugal.
Después de la fase de producción de pruebas, el tribunal, bajo la dirección del juez Ludvino Daniel, consideró válido el delito de traición a la patria, que en el Código Penal angoleño varía entre 10 y 20 años de prisión, absolviéndolos de la delitos de resistencia a las autoridades y daños al patrimonio público, por insuficiencia de pruebas.
Según la decisión del Tribunal, durante el juicio quedó demostrado que este movimiento de Moxico, liderado por el ciudadano Prophagus, Jones António Tchivuquila, asistido por el acusado Romeu Costa, cometió el delito de traición a la patria, usurpación y abusando de las funciones de soberanía, poniendo en riesgo la soberanía, la seguridad y la integridad territorial del país.
Según el fallo del Tribunal, miembros del movimiento, con alrededor de tres mil setecientos representantes en Moxico y más de 35 mil en todas las provincias orientales (Lunda – Norte, Lunda – Sur, Moxico y Cuando Cubango), planeaban el derrocamiento de las autoridades nacionales. símbolos y el izamiento de la bandera de la organización en el Largo 1º de Maio, en Luanda, para proclamar la independencia de esta Región.
Entre las actuaciones realizadas, el Tribunal también consideró válido que los integrantes del mencionado movimiento catalogaran estructuras militares y establecimientos comerciales y zonas diamantíferas para su control.
Posteriormente, el Tribunal condenó a los acusados Romeu Costa a 15 años y nueve meses de prisión, Alexandre Daniel, Jeremias Cawina, Vicente António, Joaquim Vitorino, Domingos André y Derilson Gomes a 13 años y cuatro meses de prisión.
En la misma línea, los imputados Henriques João, José Carlos, Júlio Jamba, Isaac Donje, Inoque Cailo, Jeremias Candido, Hélder Emilio Sapaco, Augusto Almeida, Domingos José, Avelino Elías fueron condenados a 12 años y ocho meses de prisión.
A su vez, los ciudadanos José Fernando Mutondo, Ventura Fernando, Henriques Caiombo, Dikson Isaac, Josefa Cafuchi, Rui Cachica, António Chimixi, Eduardo José cumplirán una pena de prisión de 10 años y seis meses, mientras que el coacusado Domingos Samilonga fue absuelto por evidencia insuficiente.
Defensa descontenta con la decisión
En la oportunidad, el abogado Agostinho Machado, defensor de algunos de los imputados, dijo que la decisión del Tribunal no refleja la realidad de los hechos, afirmando que hubo una falta de “aplicación del principio de proporcionalidad”, cuyo fallo considera fue marcado por “un desequilibrio en la balanza”.
"Por momentos, la defensa se sintió inútil, porque constantemente era cuestionada en sus intervenciones", afirmó.
Desde la misma perspectiva, la abogada Adélia Dalama expresó su descontento con la decisión, calificando las penas aplicadas como “bastante altas” y prometió que, para restablecer la legalidad, debería apelar la decisión del Tribunal de Distrito.
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