Luanda - El secretario de Estado para los Recursos Minerales, Jánio Correa Victor, reveló, este jueves, que existe en el país 1.026.046 (un millón veinte y seis mil y cuarenta y seis) garimpeiros (mineros ilegales), en su mayoría extranjeros, y 296 dragas de gran porte en situación ilegal.
El responsable hablaba en la Asamblea Nacional, en el cuadro dea aprobación, en la generalidad, de la Propuesta de Ley de Combate a la Actividad Minera Ilegal, que prevé molduras penales de los tres meses a ocho años de prisión.
El Proyecto de Ley también prevé multas por un valor de cuatro millones de dólares, correspondientes a la mitad del monto previsto en el párrafo 2 del artículo 111 del Código de Minería.
Según el secretario, la iniciativa legislativa del Ejecutivo tiene como objetivo adecuar y reforzar penalmente la lucha contra el ejercicio ilegal de la actividad minera, tipificar los delitos y las finalidades de las penas, así como establecer marcos penales que permitan la protección efectiva de los bienes jurídicos en pregunta, entre otras.
Aclaró que los tipos legales de delitos mineros actualmente vigentes no cubren satisfactoriamente todos los fenómenos que constituyen la actividad minera ilegal, justificando así la creación de un régimen jurídico específico.
Según el informe de antecedentes, de 2018 a 2023 se registraron un total de 1.292 causas penales relacionadas con la actividad minera ilegal y acusadas de daños incalculables a la economía nacional.
La actividad minera ilegal genera impactos nocivos sobre el medio ambiente, la vida humana, la salud pública, la subsistencia comunitaria, la economía y el desarrollo.
Esta es una actividad que se realiza utilizando equipos, aparatos y productos químicos peligrosos y nocivos para el medio ambiente, la salud de las personas que los manipulan y la comunidad en general y que muchas veces se asocia con el mantenimiento de conflictos armados violentos, el crimen organizado, terrorismo, trabajo infantil y esclavo, tráfico de drogas y armas, poniendo así en riesgo la seguridad del Estado. DC/SC/ADR/EP