Luanda - La delegación provincial de Luanda de la Inspección General de la Administración del Estado (IGAE) anunció este miércoles que la investigación en la Escuela 17 de Setembro, en el Distrito Urbano de Rangel, confirmó la ocupación ilegal de ocho aulas.
En un comunicado, la IGAE señala que en la escuela pública residen en ocho aulas ciudadanos que no tienen ningún vínculo con el Ministerio de Educación y sin conocimiento ni consentimiento de dicho departamento ministerial.
Luego de la consulta, se instruyó a los ocupantes para que devolvieran las aulas a la gerencia de la institución educativa para permitir que más estudiantes asistieran a clases en el próximo año académico.
Agrega la IGAE que el Colegio 17 de Septiembre no recibe alumnos de 7mo grado desde 2012, por falta de aulas.
Sin embargo, para salvaguardar el derecho a la vivienda de las familias y por ser residentes en Luanda, la IGAE solicitó la intervención del gobernador de Luanda para inscribir a las familias en cuestión en proyectos de asignación de residencias sociales, evolutivas o terrenos.
El comunicado de la IGAE agrega que el gobernador Manuel Homem envió directrices, por cierto, a la Administración Municipal de Luanda, “poniendo así fin a la intervención de la lGAE, como órgano de control interno, en este caso particular”.
La delegación provincial de Luanda de la Inspección General de la Administración del Estado dice que este no es el primer caso de ocupación por parte de instituciones educativas, como sucede con una casa para profesores en la escuela anexa a los ex Agregados y a la Escuela Dom Moisés, en Vila Alice.
La IGAE también hace referencia a la existencia de residencias de funciones que son ocupadas por ex Gerentes Públicos de la Provincia de Luanda, sin precisar el sector.
Según IGAE, estos procesos continúan en la institución (IGAE), destacando que los ocupantes continúan resistiendo su entrega voluntaria.
Advierte que los procesos relacionados con casos de residencias de funciones serán remitidos al Juzgado, por ser el único órgano con competencias para dictar una orden de desalojo. FMA/AL/EP.