Luanda - Diputados angoleños discreparon este martes sobre la atribución de inmunidad a los ex vicepresidentes en el marco de la discusión del Proyecto de Ley del Estatuto de los Ex Presidentes de la República.
A lo largo del debate, los diputados Mihaela Webba y Jorge Vitorino, ambos de la UNITA, se opusieron a la atribución de inmunidades a los ex vicepresidentes en el proyecto de ley en estudio, con el argumento de que tal precepto viola la Constitución.
Para la diputada Mihaela Webba, si el legislador constituyente hubiera querido extender las inmunidades del vicepresidente al Estatuto Presidencial, contenidas en el numeral 2 del artículo 133 de la Constitución, lo hubiera hecho en la carta magna.
Agregó que, al igual que los diputados, vicepresidentes y auxiliares del titular del Poder Ejecutivo, todos son figuras relevantes del Estado, “pero el legislador constituyente sólo quiso atribuirle esta condición especial al Presidente de la República”.
En reacción, el Ministro de Estado y Jefe de Gabinete del Presidente de la República, Adão de Almeida, aclaró que la Propuesta para garantizar la inmunidad a los ex Presidentes de la República no es inconstitucional, pero pretende dignificar una alta función del poder Estado.
“Nos parece coherente que exista como opción legislativa (no hay prohibición constitucional) que alguien en el cargo de vicepresidente de la República tenga un estatus de dignificación de su cargo constitucional”, subrayó, recordando que el tema no es nuevo, ya forma parte de la ley vigente 16/17, sobre el Estatuto de los Ex Presidentes.
Dijo que era importante que, para la dignificación constitucional de esta función de vicepresidente de la República, una vez terminado su mandato, gozara también de cierta protección y de un conjunto de prerrogativas y derechos definidos por la ley y no por la Constitución.
Adão de Almeida también argumentó que en el sistema constitucional angoleño el vicepresidente es elegido en los mismos términos que el presidente de la República. Es también el suplente directo e inmediato del Presidente de la República.
“No estamos hablando de una función cualquiera, estamos hablando de una alta función del Estado”, puntualizó.
También al respecto, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional, diputado Reis Júnior, sostuvo que la Asamblea Nacional tiene legitimidad para legislar en todas las materias que no sean de competencia del Presidente de la República.