Diputados defienden la creación de un círculo electoral en la diáspora

     Política           
  • Luanda     Lunes, 07 Junio De 2021    18h38  
Presidente da Assembleia Nacional, Fernando da Piedade Dias dos Santos
Presidente da Assembleia Nacional, Fernando da Piedade Dias dos Santos
António Escrivão

Luanda - Diputados angoleños defendieron este lunes la creación de una circunscripción en la diáspora, en el ámbito del Proyecto de Ley de Revisión Constitucional, en discusión en la Asamblea Nacional.

Los diputados, principalmente opositores, defienden que, de manera similar a lo consagrado en la Ley Constitucional de 1992, se debe crear un círculo electoral en la diáspora.

En ese momento, se esperaba que esta circunscripción tuviera 3 (tres) diputados, 2 (dos) de África y 1 (uno) del resto del mundo.

La diputada de la UNITA, Mihaela Webba, al igual que otros legisladores que plantearon la cuestión, sugirió que, en el contexto actual, el distrito electoral de la diáspora debería estar representado por cinco diputados, 2 para África, igual número para Europa y 1 para el resto del mundo.

Las discusiones sobre el tema relacionado con los círculos electorales fueron suspendidas por diferencias con el Ejecutivo, quedando el tema para consulta a nivel de las estructuras competentes.

El Ministro de Estado y Jefe de la Casa Civil del Presidente de la República, Adão de Almeida, discrepó de la sugerencia de los diputados, argumentando que la propuesta inicial ya ha hecho un avance innegable en volver a considerar universal el ejercicio del derecho al voto por todos los angoleños, ya sea residen en el país o en la diáspora.

Para él, el principio básico es la extensión del ejercicio del derecho al voto a todos los ciudadanos angoleños.

Expresó que la idea de crear una circunscripción en la diáspora está algo anclada en el principio de que es la circunscripción de la diáspora la que representa a los ciudadanos de la diáspora.

"Este no es el espíritu de la propuesta, sino que los 130 diputados elegidos por la circunscripción nacional, que también cuenta con los votos de la diáspora, representan a todos los angoleños. No es necesario que tengamos una circunscripción en la diáspora para los ciudadanos que residen fuera del país están representados por diputados”, dijo.

Además, el proceso también implicaría una gran dimensión financiera, es decir, en la estructura de la propia campaña electoral y la gestión de viajes de los diputados, entre otros.

Los diputados, a su vez, tienen un entendimiento diferente del ministro de Estado, argumentando que la democracia sí conlleva costos.

Inelegibilidad e impedimentos

Los diputados angoleños también apreciaron el artículo 145 sobre inelegibilidad e impedimentos y sobre la dimisión del mandato de diputado.

El diputado André Mendes de Carvalho, de CASA-CE, entiende que quien ha cumplido su condena y ha pagado al Estado no puede ser sancionado, es decir, impedido de postularse para el cargo de diputado.

Según la norma en cuestión, los ciudadanos que hayan sido condenados con una pena de más de tres años y los que hayan renunciado a su mandato no pueden optar a diputados.

A juicio del diputado André Mendes de Carvalho, quien defiende la derogación de la norma en el proyecto de Ley de Revisión Constitucional, la renuncia es diferente a abandonar funciones, "no es irresponsable, incluso puede ser un acto de responsabilidad (...) ".

Por cierto, el Ministro de Estado y Jefe de la Casa Civil del Presidente de la República, Adão de Almeida, consideró el tema como una opción, aclarando, sin embargo, que el texto constitucional vigente confunde inelegibilidad con impedimento y viceversa.

“Es cuestión de elección si podemos tener un modelo en el que un diputado no necesite tener un expediente limpio, es decir, tener representantes en este órgano soberano, ciudadanos con manchas en su historial criminal”, señaló.

Indicó que, "el tema es que, si en un país como el nuestro con fuertes preocupaciones por la moralización de la sociedad, vale la pena tener ciudadanos con antecedentes penales viciados en los órganos de soberanía".

Ministros pasan a ser interpelados por el Parlamento

Los ministros de Estado, ministros y gobernadores provinciales serán objeto de interpelaciones y audiencias, por parte de la Asamblea Nacional, previa solicitud al Presidente de la República, que deberá contener el contenido del procedimiento.

Tal supuesto está previsto en el artículo 162 (facultades de control e inspección) del Proyecto de Ley de Revisión Constitucional, considerado este lunes, en la especialidad, por los diputados angoleños.

Sin embargo, los mecanismos de supervisión no confieren a la Asamblea Nacional poderes para responsabilizar políticamente al Ejecutivo ni para cuestionar la continuidad de sus funciones.

El control del Ejecutivo por parte de la Asamblea Nacional debe enfocarse en hechos ocurridos durante el período correspondiente al mandato actual.

La norma en cuestión debería ser objeto de un mejor ordenamiento, a sugerencia de los legisladores, fundamentalmente en el capítulo de fiscalización.

Adão de Almeida recordó que, en la Constitución vigente, el Presidente de la República es quien se relaciona con la Asamblea Nacional, por lo que cuando la AN quiere escuchar al Ejecutivo sobre un tema, su relación no es directa con los ministros, como son asistentes del Titular del Poder Ejecutivo.

Indicó que le corresponde al Presidente de la República recibir la solicitud de la AN y esta, a su vez, decide el ministro que responderá al Parlamento sobre el tema propuesto.

Aclaró que la solicitud en cuestión no tiene por objeto obstaculizar la audiencia, sino asegurar que sea el Presidente de la República quien designe un ministro para ser interrogado por los diputados según el asunto que se trate.

La Propuesta del Presidente de la República fija la revisión Constitucional a los artículos y números allí contenidos, no pudiendo los diputados insertar y discutir otros artículos de la Constitución de la República.

La Asamblea Nacional es el único órgano competente para aprobar cambios a la Constitución, y los diputados, como el Poder Ejecutivo, también tienen la iniciativa de revisar la Constitución.

La propuesta de revisión puntual de la Constitución, iniciada por el Presidente de la República, prevé alterar 28 artículos, editar seis artículos y hacer cuatro revocaciones.

Luego de ser aprobado en general, por mayoría calificada de 2/3, se envió a la 1ª Comisión que elaboró ​​el Anteproyecto de Ley de Revisión Constitucional, en discusión, en la especialidad, para su aprobación en el Pleno.

Esta es la primera iniciativa de revisión constitucional, de conformidad con la Constitución de 2010, llevada a cabo 11 años después de su entrada en vigor.





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