Luanda - La Magistrada Consejera del Tribunal Constitucional, Laurinda Prazeres Monteiro Cardoso, consideró, este martes, en Luanda, la Constitución de la República de Angola como base fundacional del Estado angoleño y la brújula que orienta a la comunidad.
La jueza destacó que la Constitución, ya sea formal o material, no se reduce a un cuerpo normativo que regula los poderes públicos, sino que es también el hilo conductor y el fundamento sobre el que deben basarse todas las decisiones del Estado.
"En el preámbulo de la CRA se puede leer que la Constitución es la Ley Primera y Fundamental del Estado y de la sociedad angoleña, que forma parte de la larga lucha del pueblo angoleño por construir en Angola un Estado democrático de derecho y una sociedad justa", subrayó.
Añadió que siempre es bueno que los académicos se reúnan para crear y fomentar espacios de reflexión y debate sobre el constitucionalismo angoleño, contribuyendo al estudio de la realidad angoleña pero sin perder de vista las nuevas perspectivas del Derecho Constitucional.
Al intervenir en el II Congreso Angoleño de Derecho Constitucional, el juez afirmó que los participantes tendrán la oportunidad y el privilegio de escuchar y aprender de intervenciones guiadas por principios científicos.
"Yo, sin embargo, sin descuidar los métodos científicos, quisiera proponer que reflexionemos sobre cómo un Congreso de esta naturaleza puede ayudar a reconstruir la visión técnica de los problemas del Derecho Constitucional y de la propia Constitución (......)", expresó.
Esto, continuó, para darle una dimensión de la vida social cotidiana y, así, acercarla al ciudadano común, teniendo en cuenta que la visión y el enfoque de la CRA, en su dimensión social, presupone aceptar, sobre todo, que es una creación cultural.
“Que las normas y valores que subyacen a éstos resultan no sólo del legado de generaciones de estudiosos de la Ciencia del Derecho y del Derecho Constitucional en particular, sino de fenómenos sociales que están (o deben estar) adecuadamente contextualizados en el tiempo y el espacio” , destacó.
Según Laurinda Prazeres Monteiro Cardoso, en el campo de la investigación y la discusión en ciencias sociales, especialmente en un ambiente académico como éste, suele haber un énfasis en cuestiones de método.
Por ello, entiende que esta preocupación no puede eclipsar otras cuestiones igualmente esenciales, como la aplicación de los resultados al servicio de la sociedad, esperando que las buenas ideas discutidas vayan más allá de la teoría y puedan transformarse en acción intencional.
"Además, por defecto o por mérito, cuando estos distinguidos académicos participan en un congreso, la práctica de la ciencia se vuelve cada vez más compleja", elogió el Juez Consejero del Tribunal Constitucional, al inaugurar el evento.
Según explicó, es necesario, una vez más, “deconstruir” los conceptos, para evitar una especie de escepticismo colectivo, es decir, que la sociedad se convenzan de la complejidad de los enfoques, pero no se ilumine.
"Ha sido ampliamente publicitado y aceptado que la Constitución está plasmada en nuestro contrato social. Por eso, en este foro parece legítimo preguntarnos ¿qué es y por qué se considera Ley Fundamental del Estado?", aconsejó. .
Asimismo, pidió a los congresistas preguntarse ¿qué y cómo deben hacer para que los valores contenidos en los principios y normas constitucionales sean conocidos por el pueblo en general?
En el mismo camino, y señalando que el Derecho debe ser entendido por todos, preguntó ¿cómo tales valores pueden abarcar a todos los estratos sociales y no sólo a juristas, investigadores, constitucionalistas, legisladores y estudiantes de derecho?
"Aún de conformidad con las disposiciones del preámbulo de nuestra Ley Magna, la Constitución se compromete con los valores y principios fundamentales de Independencia, Soberanía y Unidad del Estado democrático de derecho, de pluralismo de expresión (....), reforzado.
Laurinda Cardoso dijo que la idea de Constitucionalidad surge del principio de Supremacía de la Constitución, es decir, la CRA es la “Lex Mater” (ley suprema).
Para este magistrado, las leyes y demás actos del Estado, de la Administración Pública y del Poder Local, incluido el Poder Judicial, deben ajustarse a la Constitución, de la que depende su validez.
"De hecho, es también uno de los fundamentos de la existencia de la jurisdicción constitucional, es decir, el conjunto de mecanismos jurídicos e institucionales, disponibles para la investigación judicial de la constitucionalidad de las leyes y demás actos del Estado, competencia ejercida, en última instancia, por el Tribunal Constitucional" - resaltó.
Por todo ello, recomendó, se refuerza la necesidad de encontrar, entre todos, los mecanismos más asertivos para que, desde muy temprana edad, niños y jóvenes puedan crecer conociendo la Carta Magna, y, en consecuencia, conocer sus derechosy deberes fundamentales.