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Nuevo Código Penal hace historia en la era de João Lourenço

     Política              
  • Luanda • Miércoles, 11 Noviembre de 2020 | 17h26
Palacio de Justicia
Palacio de Justicia
Angop

Luanda - La publicación en el Diario da República, el miércoles, del nuevo Código Penal de Angola (CPA) y el correspondiente Código de Procedimiento Penal (CPP) representa un hito histórico de la nueva gobernanza, liderada por el Presidente João Lourenço.

Con esta doble reforma cayeron dos símbolos más del colonialismo portugués, precisamente en el día de un nuevo aniversario de la independencia nacional, proclamado el 11 de Noviembre de 1975 por António Agostinho Neto.

Los nuevos diplomas legales sustituyen al Código Penal portugués de 1886 y al Código de Procedimiento Penal, también portugués, de febrero de 1929, vigentes en el país desde la época colonial.

Según el Diario da República No. 179, de 11 de noviembre de 2020, los dos instrumentos legales entran en vigencia dentro de los 90 días, es decir, tres meses después de su publicación.

El CPP fue aprobado el 22 de Julio de 2020 y el CPA el 4 de Noviembre de este año, tras la revisión de su versión inicial adoptada en Enero de 2019 por el Parlamento.

Esta revisión fue solicitada por el Presidente de la República, como Titular del Poder Ejecutivo, quien se abstuvo de promulgar el texto por considerar que determinadas conductas graves tenían una sanción excesivamente indulgente o inferior a la prevista en la ley anterior.

João Lourenço reclamó sanciones más estrictas para los delitos "cometidos en el ejercicio o en detrimento de las funciones públicas", así como los delitos ambientales y contra la propiedad.

En ese momento, el Jefe de Estado invocó la necesidad de transmitir "un mensaje claro" del compromiso del Estado angoleño con la promoción de la probidad pública, la moralización, la prevención y la lucha contra la corrupción y la impunidad.

Tras su revisión, los legisladores aumentaron las penas por los delitos en cuestión, con especial énfasis en la malversación, cuya pena máxima aumentó de siete a casi 19 años de prisión, frente a los 16 previstos en el Código Penal anterior.

En los delitos ambientales, la pena máxima va de tres a 12 años de prisión, es decir, contra la adquisición, enajenación o transporte de especies de fauna o flora legalmente protegidas.

En cuanto a quienes crean “peligro de extinción” de especies animales o vegetales, “eliminando ejemplares de fauna o flora (…), destruyendo o deteriorando su hábitat natural”, la pena máxima subió de tres a cinco años de cárcel.

A su vez, la contaminación del agua, del suelo o del aire está condenada con una pena máxima de siete años de prisión, en lugar de los cinco de la versión anterior, especialmente si “pone en peligro la vida de una persona o la integridad física o propiedad de otros (… ) ”.

Entre los delitos contra la propiedad, el robo de cosas “considerablemente elevadas” ahora se castiga con 14 años de prisión, contra siete en la versión inicial y 12 en la ley anterior.

Esta pena sirve de base para sancionar el delito de malversación con un aumento de tres tercios, dentro de sus límites mínimo y máximo.

Se aplica a los casos que involucran montos que exceden “500 veces el salario mínimo mensual de la Función Pública, en el momento en que se practica”.

En la ley anterior, la pena más grave por delitos de hurto correspondía a todo aquello cuyo valor superara los 600 mil kwanzas. El nuevo texto es el resultado del trabajo iniciado por la primera Comisión de Reforma de la Justicia y la Ley (CRJD), creada en 2009.

Su entrada en vigor pone fin a la vigencia, en el África lusófona, del Código Penal portugués de 1886, que ya era común a las cinco antiguas colonias portuguesas, al menos hasta hace poco.

Guinea Bissau fue el primero en deshacerse del Código colonial, con la aprobación del propio, en 1993, seguido de Cabo Verde (2003), Santo Tomé y Príncipe (2012) y Mozambique (2014).

Código moderno y ley más importante del país.

Según el diputado José Semedo, relator-coordinador de la ley que aprueba el CPA y miembro de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional, el nuevo Código Penal es, después de la Constitución, “la ley más importante del país”.

Realizado por primera vez “por angoleños, para angoleños y para Angola”, el nuevo Código Penal ya tiene en cuenta “lo más moderno en materia de ciencia del derecho y política criminal”, además de respetar “de manera integral la identidad nacional”.

El diputado explica que el documento refleja el “modus vivendi” del pueblo angoleño, ya que preserva los supuestos sociales y culturales del país, “sin desconocer su carácter universal”.

También consagra “delitos que tienen mucho que ver con nuestra vida cotidiana, como abandonar a un recién nacido, remplazar o restar a un recién nacido, restar o negarse a entregar un hijo y revelar falsa paternidad, entre otros.

Con la nueva ley, también se pretendía evitar que las personas guardaran grandes cantidades de dinero, sacadas del circuito financiero, en depósitos, contenedores u otros lugares menos apropiados.

Se garantiza mayor seguridad a la moneda, así como al ahorro personal y mayor fluidez al sistema financiero nacional.

En general, la intención fue disciplinar y sancionar las prácticas perjudiciales para el mercado financiero, prevenir el fraude en el transporte de divisas, la introducción ilícita de divisas en el territorio nacional y la transferencia ilícita de divisas al exterior.

La nueva ley prohíbe expresamente el pago en efectivo fuera del límite legal, la retención de grandes cantidades fuera del circuito financiero y el comercio ilegal de divisas, entre otras prácticas.

La introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, punible con las penas de amonestación, multa o disolución, es también una de las principales novedades del nuevo Código.

También existe la posibilidad de que las personas cumplan sus condenas solo los fines de semana, en el caso de condenas que no excedan de cinco meses y no sean sustituibles por una multa.

Sin embargo, para que esto suceda, debe haber “consentimiento del condenado”, según lo dispuesto en el nuevo texto. En otras palabras, contrariamente a la ley anterior, la CPA busca responder a los dictados de la política criminal moderna que aconseja a los Estados colocar al hombre en el centro de su regulación.

CPA presta especial atención a los delitos contra las personas, destacando los cometidos contra la vida, la integridad física y psicológica, la libertad sexual, la dignidad y el honor, con severas penas por homicidio, delito, esclavitud y otros.

Presenta, de manera detallada, el delito de interrupción del embarazo y amplía las modalidades de los delitos sexuales, que ya no se limitan a la violación y violación, como sucedía en la ley anterior. En este sentido, los delitos sexuales también incluyen el acoso sexual, el fraude, el abuso, la agresión y el acoso, así como la pornografía infantil y la trata sexual de personas.

El concepto de "penetración sexual" ahora incluye el coito anal u oral, así como la penetración anal "con cualquier parte del cuerpo u objetos utilizados en circunstancias de participación sexual".

También introduce los delitos de “abandono de personas”, “contagio de enfermedades transmisibles”, “negativa de asistencia por parte de los profesionales de la salud” y “discriminación”, así como delitos informáticos y “atentado a la libertad de prensa”.

Este último sanciona el impedimento o perturbación ilícita de la difusión de contenidos periodísticos en publicaciones periódicas o programas de radio y televisión, o la incautación o daño de material necesario para el ejercicio de la actividad periodística.





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