Luanda – El Plenario de la Comisión Nacional Electoral (CNE) deliberó, este viernes, improcedente la reclamación presentada por el partido político UNITA, subscrita por su mandatario, Horácio Junjuvile, sobre el procedimiento de la divulgación de los resultados provisionales de las quintas elecciones generales del 24 de este mes.
Según el vocero de la CNE, Lucas Quilundo, “la reclamación de esa formación política fue analizada durante la sesión extraordinaria del referido plenario, que rechazó el documento presentado, porque el mismo fue fundamentado de forma irregular, no corresponde con lo establecido en la Ley Orgánica Sobre las Elecciones Generales”.
En declaraciones a la prensa al final de la sesión de evaluación, el funcionario explicó que la solicitud de la UNITA omitió ciertas informaciones que deberían haber sido proporcionadas inmediatamente, durante la divulgación de los resultados provisionales, que dieron la victoria al MPLA y a su candidato João Lourenço.
La divulgación de los resultados provisionales, dijo, se fundamenta en el inciso 1 del artículo 135, de la Ley Orgánica de Elecciones Generales, y lo que alega dicho partido se fundamenta en el artículo 123, que tiene que ver con las Actas de las Juntas de las Asambleas de Votación y no precisamente con la publicación de los resultados provisionales, por parte de la CNE.
Por tanto, considerando que la divulgación de los resultados provisionales corresponde al artículo Número 135 de la Ley Orgánica de Elecciones Generales, el Pleno de la CNE resolvió por unanimidad rechazar la medida cautelar.