Luanda - La Asamblea Nacional eliminó del orden del día de la VI Reunión Plenaria Ordinaria de la II Sesión de la V Legislatura, realizada este miércoles, la discusión del proyecto de Resolución que modifica la composición de la Comisión Nacional Electoral debido a la comunicación previa del disolución del Grupo Parlamentario Mixto,PRS/FNLA
En comunicado de prensa, el parlamento aclara que con la disolución del citado grupo parlamentario, ya no existen las condiciones objetivas para la discusión y votación del citado proyecto de resolución, y el Pleno de la Asamblea Nacional decidió retirar el punto del orden del día. .
En estos términos, la Asamblea Nacional aclara que los Grupos Parlamentarios son formas de organización de partidos políticos o coaliciones de partidos políticos en el parlamento que cuentan con un número mínimo de tres diputados y que transmiten y defienden la política de los partidos políticos o coaliciones de partidos políticos, así como previsto en el artículo 27 del Reglamento de la Asamblea Nacional.
Explica que en cuanto a los Grupos Parlamentarios Mixtos, estos son el resultado de diputados que representan a dos o más partidos políticos o coaliciones de partidos políticos resultantes de elecciones generales que no pueden formar Grupos Parlamentarios.
Por lo tanto, para identificar mejor al Grupo Parlamentario Mixto, adoptan una designación que deberá permanecer vigente hasta el final de la legislatura, de conformidad con el numeral 2 del artículo 28 y el artículo 31 del Reglamento de la Asamblea Nacional.
Sin embargo, los Grupos Parlamentarios y/o Grupos Parlamentarios Mixtos podrán disolverse en cualquier momento, mediante comunicación presentada a la Presidenta de la Asamblea Nacional, con efectos potenciales, de la cual el líder parlamentario toma nota y la envía a los órganos administrativos de la Asamblea Nacional. a su publicación en la Gaceta de la Asamblea Nacional, conforme a lo previsto en los números 5 y 6 del artículo 28 del Reglamento de la Asamblea Nacional.
Por lo tanto, el Reglamento de la Asamblea Nacional no contiene normas cuyo contenido requiera la constitución de Grupos Parlamentarios perpetuos, ya sean grupos formados por un partido político, una coalición de partidos políticos y/o grupos parlamentarios mixtos.
ART/KS