Luanda - Las medidas fiscales contenidas en el Presupuesto General del Estado (PGE) 2022, ya en ejecución, pueden impulsar la actividad empresarial en el país.
Se trata de medidas para reducir la tasa del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) del 14% al 7% en el sector de la hotelería y restaurante.
Las citadas medidas tributarias, publicadas en la página web de la Administración General Tributaria (AGT), se enmarcan en la Ley 32/21, de 30 de Diciembre, por la que se aprueba la ejecución del Presupuesto General del Estado para el ejercicio 2022.
El PGE de este año establece ingresos y gastos en 18.700 millones de kwanzas, más el 26,8 % de los ingresos en comparación con el presupuesto de 2021.
Las medidas tributarias y aduaneras también incluyen una reducción del 14% al 7% en el IVA para los productos de la canasta básica.
Asimismo, también existe una exención del IVA sobre las importaciones de bienes destinados a ser ofrecidos con fines filantrópicos y para mitigar los efectos de desastres naturales, a saber, sequías, inundaciones, tormentas, ciclones, terremotos, terremotos, pandemias y otros de naturaleza similar, debidamente reconocido por la AGT.
En su ejecución, el PGE mantiene el tipo del 14 por ciento del IVA por la transmisión de bienes y la prestación de servicios que realice, en el ámbito de la actividad de exploración y práctica de juegos de azar, de azar y entretenimiento social.
Según información difundida por la AGT, se mantiene el régimen simplificado del IVA, que incluye a los sujetos pasivos que, en los 12 meses anteriores, hayan tenido una facturación de importación igual o inferior a Kz 350 millones.
Las medidas fiscales y aduaneras del PGE 2022 permitirán conservar la posibilidad de solicitar la devolución de créditos a favor de los sujetos pasivos, incluidos en el régimen simplificado, y la permanencia en el régimen de exclusión del IVA, abarcando a las personas físicas y jurídicas, cuyo volumen de la importación es igual o inferior a Kz 10 millones.
AGT, en nota publicada en su sitio web, conserva la obligación de pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados sobre el recibo de descargo a la tasa del 7%, refiriéndose al monto 23.3 de la tabla anexa al Código del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Decreto Legislativo Presidencial 3 /14, de 21 de Octubre, para los sujetos pasivos del IVA.
“Sujeción de los prestadores de servicios de transporte aéreo de pasajeros de tráfico internacional y arrendamiento de bienes inmuebles, a la tasa del 1%, definida en el Código de Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Decreto Legislativo Presidencial 3/14, de 21 de Octubre, sobre Impuesto de Actos Jurídicos Documentados al recibir la absolución”, se enfatiza.
El informe también refleja el mantenimiento de la retención del 2,5%, como IVA aplicable a los recibos obtenidos en terminales de pago automático, relativos a las transmisiones de bienes y servicios realizadas por los sujetos pasivos de este impuesto.
En el PGE, en las medidas aduaneras, se mantiene la obligación de las entidades financieras bancarias de asegurar el traspaso automático, a la Cuenta Única del Tesoro, de los montos globales en poder de los terminales de pago emitidos a sus clientes, dentro de las 24 horas siguientes al cierre del período contable de ese aparato.
En este ejercicio de 2022, se destaca la exención del pago del Impuesto Especial del Juego para premios cuyo valor sea igual o inferior a 250 mil Kz, en la modalidad de juegos sociales, territoriales u Online, estando sujetos a tributación, a razón del 20%, las primas que excedan del referido valor.
El documento de la AGT también destaca la concesión a los operadores económicos autorizados de la posibilidad de pagar los derechos de aduana a plazos, el aplazamiento del plazo a 60 días y la retención en origen del 6,5%, que grava el valor global de los servicios imprevistos, proporcionados por personas jurídicas.
En el PGE de 2022, aprobada en la tercera reunión plenaria extraordinaria del Parlamento angoleño, en la distribución de gastos por funciones, el Ejecutivo priorizó el sector social, con una participación del 38,1 por ciento del total de los gastos fiscales primarios (excluida la deuda).