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BNA multa cuatro instituciones financieras

     Economia              
  • Luanda • Jueves, 12 Octubre de 2023 | 13h14
Banco Nacional de Angola - BNA (Foto ilustrativa)
Banco Nacional de Angola - BNA (Foto ilustrativa)
Francisco Miúdo

Luanda - El Banco Nacional de Angola (BNA) aplicó sanciones a cuatro instituciones financieras, con multas valoradas en 100 millones de kwanzas, por incumplimiento de las normas cambiarias, prudenciales y de conducta financiera.

La aplicación de las medidas por parte del Banco Central surge, previa investigación e instrucción, del 1 de julio al 30 de septiembre de 2023, de un total de 34 procesos de sanciones contra instituciones financieras bajo su supervisión.

El comunicado del BNA señala que de los 34 procesos concluidos, 15 corresponden a procesos muy sumarios, de los cuales cuatro resultaron en sanciones económicas, y 11 (once) fueron archivados por negativa, de conformidad con los derechos otorgados a las instituciones financieras.

El regulador informa que, además, 11 casos corresponden a faltas que culminaron en sanciones financieras por valor de más de 531 millones de kwanzas.

El BNA indica que, en paralelo, se presentaron ocho casos, derivados de la revocación de licencias de instituciones financieras no bancarias.

Por otro lado, el Banco Central revocó cinco licencias a instituciones financieras no bancarias, tras una decisión del Comité Ejecutivo.

El BNA sostiene que la revocación surge en el ámbito de sus funciones, como autoridad supervisora del sistema financiero, conforme a la Ley del Régimen General de Instituciones Financieras.

El Banco Central explica que la medida surge por la reiterada violación de las normas que rigen la actividad de las Casas de Cambio.

Añade el documento que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 320 de la Ley de Régimen General de Entidades Financieras, las sociedades “antes mencionadas se consideran disueltas y deberán ser liquidadas conforme a los procedimientos judiciales generalmente aplicables a las sociedades mercantiles, en de conformidad con el artículo 146 y siguientes de la Ley 1/04, de 13 de febrero – Ley de Sociedades Mercantiles”. HEM/AC/EP
 





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