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BNA cambia reglas para cuentas de menores

     Economia              
  • Luanda • Martes, 11 Abril de 2023 | 11h41
Banco Nacional de Angola - BNA (Foto ilustrativa)
Banco Nacional de Angola - BNA (Foto ilustrativa)
Francisco Miúdo

Luanda - El Banco Nacional de Angola (BNA) actualizó las normas aplicables a las cuentas de menores, al establecer la posibilidad de asignar una tarjeta de débito a los niños, a partir de los 14 años, como parte de la inclusión financiera.

La atribución se atribuirá, siempre que lo solicite el representante legal del menor, con las operaciones de débito con la tarjeta limitadas a los importes máximos diarios pactados entre la entidad financiera bancaria al solicitar la tarjeta.

Con esta iniciativa, de acuerdo con la Circular n° 04/2023, a la que tuvo acceso la ANGOP, el BNA señala sus objetivos de promover la educación y la inclusión financiera y, en consecuencia, aumentar los niveles de alfabetización financiera de la población.

El BNA también dice que presta especial atención al importante papel de la educación financiera de los menores para aumentar la alfabetización financiera de la población y que tener una cuenta bancaria ayuda a enseñar a los menores, desde temprana edad y de manera segura, a administrar su dinero y ahorrar.

Con esto, el Banco Central quiere brindar a los menores conocimientos para que, en el futuro, puedan ser consumidores más conscientes y responsables de productos y servicios financieros, así como la creciente importancia de las habilidades financieras en el desarrollo de una economía y sociedad inclusiva y sostenible.

En el contexto de la actualización de las normas, el BNA advierte que las tarjetas de débito, emitidas en cuentas de menores de edad que hayan cumplido 14 años o más, deben ser emitidas a nombre del titular de la cuenta, es decir, a nombre del menor, y no a nombre del representante legal.

A partir de la fecha en que el menor cumpla 18 años, deberá comunicarse con su banco comercial con el fin de actualizar el proceso de apertura de cuenta.

A su vez, el representante legal ya no podrá operar la cuenta, y el “ex menor” podrá continuar operando la cuenta, manteniendo las limitaciones derivadas de su condición de menor, hasta la actualización del proceso de apertura de la cuenta, momento en el que estas limitaciones dejan de aplicarse.

La Carta Circular del BNA ya entró en vigencia, desde el día de su publicación, es decir, el 6 de abril.





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