Luanda - El Banco Nacional de Angola (BNA) definió 250 mil dólares como valor límite para transferencias anuales para operaciones unilaterales de cambio, mientras que para operaciones comerciales, la capacidad financiera del remitente es el criterio básico.
Las operaciones cambiarias unilaterales son las que se realizan sin contraprestación alguna, en cuenta del remitente en el exterior, mientras que las comerciales, realizadas con el objeto de una contraprestación o beneficio, se limitan a la capacidad financiera.
Según el subdirector del Departamento de Regulación y Organización del Sistema Financiero del BNA, Alves Ferreira, que hablaba hoy a la ANGOP, sobre el citado Aviso N° 3, publicado en el Diario de la República el día 9 de este mes, los 250 mil dólares son los valores considerados suficientes para que un individuo, durante un año, transfiera a su cuenta en el exterior.
“Por ejemplo, alguien que viaja 10 veces al exterior se lleva 25 mil dólares al mes, es razonable”, detalló.
En cuanto a las operaciones de carácter comercial, las que se realizan con contrapartida, basta con evaluar la capacidad financiera legítima.
“Adquirí un servicio o un bien en el exterior. Compraré o adquiriré el servicio al precio que pueda, siempre que demuestre capacidad económica para hacerlo”, aclaró.
Explicó que la ventaja es que quienes tienen sus fondos y pueden acreditar legítimamente su origen mediante documento, pueden transferir dinero al exterior, en la medida de su capacidad económica.
“No habrá restricción para este ciudadano, que tiene valores en el banco y quiere realizar operaciones comerciales, porque la capacidad financiera es el dinero que tiene. Si tienes mucho dinero, vas a poder usar todo lo que tienes”, aseveró.
Hizo saber que los criterios para definir la capacidad financiera no le permiten obtener fondos de terceros, pues es fundamental evaluar la legitimidad del dinero que gana una persona.
“El país tiene que cumplir, los clientes también. Un país cumplidor es aquel que establece reglas estrictas para combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Ese es un deber del BNA y, si por un lado hay liberalización, para que los clientes de los bancos puedan realizar sus operaciones con mayor comodidad, por otro lado, hay mayor rigor en relación al lavado de dinero”, subrayó.
Por otro lado, Alves Ferreira también señaló, como ventaja de la Circular N° 3, el hecho de que las operaciones de cambio son permitidas por personas naturales sin necesidad de autorización de una entidad administrativa, en este caso el Banco Central.
Destacó que, por ese hecho, Angola gana una imagen positiva en el contexto internacional, desde el punto de vista financiero.