ARC quiere difundir cultura de competición en Angola

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  • Luanda • Jueves, 22 Agosto de 2024 | 17h21
Administrador da ARC, Nelson Lembe
Administrador da ARC, Nelson Lembe
Joaquina Bento-ANGOP

Luanda - El administrador de la Autoridad Reguladora de la Competencia (ARC), Nelson Lembe, expresó, este jueves, en Luanda, el deseo de promover más acciones de capacitación para difundir la cultura de la competencia, permitiendo mayor competitividad entre las empresas del país.

Al intervenir en el taller metodológico sobre Política de Competencia en Angola, promovido por la ARC, en colaboración con la Asociación de Periodistas Económicos de Angola (AJECO), la fuente destacó que la transmisión de conocimientos permite una mayor innovación, reducción de precios y refuerza la oferta de bienes y servicios en el mercado.

Destacó que las actividades de promoción de la competencia son más inclusivas y efusivas cuando se centran en la clase académica, los gremios empresariales y los medios de comunicación.

Nelson Lembe mencionó que la capacitación del personal crea efectos multiplicadores en términos de difusión de buenas prácticas e información que impactan la economía.

Respecto al taller metodológico, el responsable dijo que la iniciativa se enmarca en acciones para promover la competencia, difundir la cultura de esta práctica en los mercados y en la economía común del país.

El administrador de la ARC también afirmó que la existencia de una gama de opciones para que los consumidores compren bienes y servicios promueve la competencia y la calidad de los productos en el mercado.

Creada el 21 de diciembre de 2018, la Autoridad Reguladora de la Competencia es supervisada por el Ministerio de Hacienda, con la misión de velar por el cumplimiento y respeto de las normas de competencia, buscando una administración participativa e inclusiva de las personas.

Las actividades de la ARC abarcan todas las actividades económicas, temporales o permanentes, realizadas en territorio angoleño o que producen o pueden producir efectos en él, de conformidad con los artículos 2 y 4 de la Ley n° 5/18, de 10 de mayo. 

HM/QCB/KS





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